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Garantía legal

La garantía legal es el derecho que se ejerce por el consumidor cuando se compra un producto nuevo que posee fallas de fabricación, no es apto para el uso que fue destinado o le falten piezas o partes. Para hacer valer la garantía legal, el consumidor deberá acudir directamente a la empresa llevando el producto presentando la boleta, factura u otro documento legal que acredite la compra. La garantía legal se puede exigir sólo para productos nuevos en el plazo estipulado en la ley 21.398.
Para acceder a este derecho, es importante comprar productos en comercios legalmente establecidos, ya que si el consumidor adquiere un producto a través de comercio informal, no podrá exigir la garantía legal y además se arriesga a comprar productos inseguros.
La ley de Protección al Consumidor, sólo aplica en compras realizadas en el territorio nacional, no es válida para compras realizadas en el exterior.
La garantía convencional es un beneficio gratuito y voluntario otorgado por el proveedor al consumidor, durante un período de cuatro (4) años contados a partir de la compra, que contempla condiciones básicas establecidas por el proveedor para su exigibilidad, siempre y cuando el producto presente fallas de fabricación.
El Seguro de Garantía es una póliza que contrata el mismo propietario de un bien para obtener la cobertura total del valor del bien adquirido en caso de presentarse un siniestro y cubra todos aquellos eventos amparados por la aseguradora.
Recuerda, al momento de realizar una compra con nosotros, no olvides exigir a tu ejecutivo comercial, la copia de tu Garantía Convencional asociada a tus productos.

Información legal

De conformidad con lo establecido en el artículo 3 bis literal b) de la ley N° 19.496, el consumidor podrá ejercer el derecho de retracto legal previa revisión de los antecedentes comerciales, bienes y/o productos exceptuados y cumplimiento de las condiciones de procedencia establecidas en la ley. Asimismo, quedan excluidos del derecho de retracto legal todos los contratos de prestación de servicios celebrados. Ello, debido a que como proveedores y por la naturaleza de nuestros servicios prestamos asesoría profesional personalizada, previo a la adquisición y contratación de cualquiera de nuestros servicios disponibles. La presente exclusión bajo ningún caso puede interpretarse como una cláusula de exclusión de responsabilidad del proveedor ante vicios de los servicios vendidos, los que se regirán por la legislación vigente a la época de la celebración del contrato.